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Derivación de Aportes y Voluntad de Permanencia en Obra Social

En este artículo te brindamos información que debés tener en cuenta en caso de querer permanecer con el servicio de atención de tu obra social.

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Escrito por Brenda Young
Actualizado hace más de una semana

Derivación de Aportes y Voluntad de Permanencia en Obra Social para Monotributistas:

Se introduce la posibilidad de que los beneficiarios ejerzan su derecho de permanencia en la Obra Social, debiendo expresar de forma clara su voluntad de recibir únicamente las prestaciones médicas brindadas por la Obra Social a la cual se encuentran afiliados dentro del Monotributo.

Esto podrá realizarse dentro del plazo de 60 días corridos desde el 31/01/2025 hasta el 31/03/2025.

A partir de la Resolución 1/2025 se derivarán los aportes directamente a la Entidad de Medicina Prepaga contratada oportunamente por el beneficiario a través del procedimiento de derivación de aportes. Esto quiere decir que si oportunamente se hizo una opción a una obra social “puente” con el único objetivo de derivar los aportes a una prepaga a partir del 1 de abril de 2025, se continuará aportando en forma directa a la prepaga elegida, excepto que se haga antes del 31 de marzo de 2025 la opción de “Voluntad de Permanencia en la Obra Social”.

¿Cómo consultar si estoy alcanzado?

Para conocer si estás alcanzado por esta normativa y gestionar tu elección, seguí estos pasos:

1. Si sos TITULAR, verificá tu situación personal ingresando a la Consulta Pública disponible. Allí podrás confirmar si la Resolución aplica a tu caso.

2. Si el resultado indica que debes definir tu voluntad:


a) Para permanecer en tu Obra Social de origen, el sistema te mostrará la opción de completar el Trámite a Distancia (TAD) de manera fehaciente directamente desde la plataforma, al acual se ingresa con CUIT y Clave de AFIP.

Este trámite:

  • Sirve para expresar de forma clara su voluntad de permanecer en la Obra Social a la que se tenía afiliación al 31 de enero de 2025, y recibir exclusivamente las prestaciones médicas brindadas por dicha Obra Social.

  • Es de acceso exclusivo para beneficiarios titulares del Sistema de Salud.

  • Impactará a todo el grupo familiar, en caso de que lo hubiere.

  • Estará vigente hasta el 01 de abril 2025 inclusive.

b) Si preferís mantenerte en tu Entidad de Medicina Prepaga, no es necesario que realices ninguna acción.

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