¿Cómo completar la Declaración Jurada de Ganancias?

En este artículo te explicamos cómo presentar la declaración jurada del “Régimen General” de Ganancias.

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Escrito por Estefanía González
Actualizado hace más de una semana

👉 Para conocer quiénes deben completar y presentar la Declaración Jurada de Ganancias, ingresá aquí.

  1. Ingresá a tu AFIP colocando CUIT/CUIL y Clave Fiscal.

2. Buscá el servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado" (si no lo tenés dado de alta, presiona el botón "Agregar" que aparecerá a la derecha).

3. Dentro del servicio, en la tarjeta "Ganancias Personas Humanas" presioná "DECLARAR" y confirma.

4. Te encontrarás con un listado de opciones, para confeccionar tu declaración jurada, en la tarjeta “Mi declaración jurada” hacé clic en “COMENZAR”.

5. Seleccioná el período por el cual vas a generar la declaración jurada y, en la tarjeta "Régimen general", presioná "CONTINUAR".

6. Una vez dentro, deberás centrarte en las primeras tres tarjetas:

Rentas: en esta parte se declaran las ganancias del período, divididas por categorías y discriminando las de fuente argentina de las de fuente extranjera.

Bienes y deudas: aquí deberás declarar los bienes y derechos que tenías al finalizar el año anterior y los que se posee al finalizar el período por el que se presenta la declaración jurada. Mismo procedimiento tendrás que realizar con las deudas. La diferencia entre las valuaciones de ambos períodos será considerada como variación patrimonial y deberás detallarla en la siguiente tarjeta.

Variaciones patrimoniales: este ítem es para justificar los incrementos o disminuciones de tu patrimonio. Esta tarjeta incluye a las donaciones, herencias, etc.

Al momento de declarar las rentas, el sistema utiliza la información consignada para los bienes y deudas.

Dentro de la tarjeta "Bienes y deudas" presioná el botón "DECLARAR".

7. Al ingresar encontrarás tres tarjetas: Bienes, Deudas y Bienes revaluados.

Al presionar sobre Bienes, accederás a una pantalla que se encuentra separada por tipo de bienes como, por ejemplo, inmuebles, automotores, etc.

Sobre cada una de estas tarjetas, hay un botón "Agregar" que te direccionará a la carga de datos del bien, incluyendo su valuación al principio y al final del período objeto de la declaración.

Otro de los datos a informar es el destino que resulta importante para su correcta identificación al momento de determinar la renta. Por ejemplo, al cargar un inmueble con destino alquiler, el sistema lo traerá al momento de declarar las rentas de la primera categoría.

Visualizarás el ícono de Nuestra Parte para que puedas ingresar al servicio y ver los datos que tiene AFIP registrados en su base de datos.

8. Luego, presionando sobre Deudas, accederás a una pantalla donde, al igual que para bienes, deberás hacer clic en "Agregar" para informar las obligaciones que tengas. Cuando finalices la carga deberás presionar sobre "Mi declaración" y volverás al menú del paso 6.

9. Hacé clic en "DECLARAR" dentro de “Rentas de fuente argentina”. Encontrarás las ganancias divididas por categorías. Al presionar sobre el botón "DECLARAR" dentro de cada una de las tarjetas, accederás a la carga de la información.

10. Primera categoría: rentas del suelo.

Desde esta pantalla accederás a la carga de los ingresos y los gastos asociados. Presioná sobre el botón "DECLARAR" dentro de la tarjeta "Ingresos".

Aquí tendrás que declarar los ingresos obtenidos por tus inmuebles con destino a alquiler, recreo o veraneo. Previamente, deberás seleccionar desde una lista desplegable, el o los inmuebles declarados en "Bienes y deudas".

Una vez seleccionado, deberás cliquear sobre el lápiz para completar el detalle de la renta, indicar el valor del ingreso y su situación frente al impuesto a las ganancias.

Para declarar un bien no propio, seleccioná "Agregar". Completá los datos requeridos del inmueble y luego el detalle de su renta asociada.

11. Luego podrás cargar los gastos y deducciones asociados a las rentas de primera categoría, discriminando aquellos que implican una erogación de fondos y los que no.

12. Segunda categoría: rentas del capital.

Las rentas de la segunda categoría se dividen en las relacionadas con "Instrumentos y/o contratos derivados -a excepción de las operaciones de cobertura- y otros ingresos" y las provenientes de "Dividendos y otras utilidades asimilables". En este caso comenzaremos con las primeras, presionando "DECLARAR" sobre la tarjeta correspondiente.

13. Aquí observarás una pantalla desde la que accederás a la carga de los ingresos y los gastos asociados. Presioná "DECLARAR" sobre la tarjeta de ingresos y completá el detalle de las rentas obtenidas.

Luego podrás declarar los gastos asociados a las rentas obtenidas.

14. Presioná "Agregar dividendos y otras utilidades" para declarar las rentas obtenidas.

Accederás a la pantalla donde tendrás que completar los datos requeridos.

15. Tercera categoría: beneficios de empresas y ciertos auxiliares de comercio.

Desde esta pantalla accederás a la carga de los ingresos y los gastos asociados, además de las participaciones en empresas, explotaciones unipersonales y fideicomisos.
Para comenzar, presioná sobre el botón DECLARAR dentro de la tarjeta "Ingresos".

Accederás a la pantalla donde indicarás los datos de las rentas obtenidas. Existe un campo para cada tipo de ingreso de la categoría.

16. En “Gastos y Deducciones” (del menú anterior) observarás dos tarjetas que corresponden a los gastos que implican erogación de fondos, como los gastos de organización y los que no, las amortizaciones de los bienes utilizados en la obtención de las rentas gravadas de la categoría.

17. Dentro de "Participaciones en empresas, explotaciones unipersonales y/o fideicomisos" podrás migrar las del período anterior o declarar nuevas, en caso de corresponder.

Para migrar participaciones hay que presionar sobre el botón del recuadro amarillo, teniendo en cuenta que si ya se cargaron algunas manualmente éstas se borrarán.

Para declarar participaciones nuevas, deberás presionar sobre "Agregar" y accederás a la pantalla donde tendrás que completar los datos requeridos.

18. Cuarta categoría: trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones y otras rentas.

Desde esta pantalla accederás a la carga de los ingresos y los gastos asociados.
Para comenzar presioná sobre el botón "DECLARAR" dentro de la tarjeta "Ingresos".

19. Dentro de "ingresos" hay 3 tarjetas.

  • En la primera se declaran los ingresos obtenidos en carácter de autónomo.

  • En la segunda se debe indicar el o los empleadores del declarante, en caso de corresponder. Presionando en "Agregar", accederás a una pantalla en donde podrás indicar el CUIT del empleador o empleadora, la fecha de inicio de la relación laboral y, de corresponder, la fecha de cese.

  • En la tercera tarjeta debés indicar los ingresos obtenidos en relación de dependencia, discriminando aquellos que correspondan al horario habitual y los que se originen en horas extras.

20. Desde "Gastos y deducciones" podés declarar aquellos gastos relacionados con las rentas de la categoría.

Al terminar, presioná sobre "Rentas".

21. Rentas de fuente extranjera:

Hacé click en DECLARAR dentro de "Rentas de fuente extranjera".

Accederás a la pantalla donde encontrarás las rentas divididas por categorías, al igual que las de fuente argentina.


Desde esta pantalla, al presionar sobre el botón "DECLARAR" dentro de cada una de las tarjetas, accederás a la carga de la información.

22. Primera categoría:

Verás la pantalla donde podrás agregar los ingresos y sus gastos asociados presionando "Agregar".

Primero deberás indicar el país fuente de la ganancia y luego detallar los ingresos (presionando sobre "Agregar" dentro de la tarjeta "Ingresos") y sus gastos relacionados.

23. Segunda categoría:

Al igual que las de fuente argentina, las rentas de segunda categoría de fuente extranjera se dividen en dos grupos.

Pesionando "DECLARAR" dentro de la tarjeta "Acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores" y luego, en la página que se despliega, ("Agregar") podrás detallar los ingresos obtenidos y los gastos relacionados.

Primero deberás indicar el país fuente de la ganancia y luego los datos requeridos.

Después pasaremos a los otros ingresos de la categoría. Para ello, presioná sobre "2° categoría" en la parte superior de la pantalla y luego "DECLARAR" sobre la tarjeta "Otros ingresos excepto acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores".

En la página que se despliega, presioná "Agregar" para detallar los ingresos obtenidos y los gastos relacionados.

Primero deberás indicar el país fuente de la ganancia y luego los datos requeridos.

24. Tercera categoría:

Verás la pantalla donde podrás agregar los ingresos y sus gastos asociados, además de las participaciones empresarias, presionando "Agregar".

También podrás migrar las participaciones empresarias del período anterior, considerando que si ya cargaste alguna manualmente, se borrará.

25. Luego de hacer click en "Agregar", accederás a la carga de los ingresos y los gastos de la tercera categoría.


Primero deberás indicar el país y luego detallar los ingresos y los gastos.

Desde esta misma pantalla, presionando nuevamente "Agregar" sobre la tarjeta "Participaciones en empresas", podrás realizar la carga manual de este concepto.

26. Cuarta categoría:

Verás la pantalla donde podrás agregar los ingresos y sus gastos y deducciones asociadas, presionando "Agregar".

Primero tendrás que indicar el país fuente de la ganancia y después el detalle de los ingresos y gastos.

27. Una vez cargados todos los bienes, las deudas, las rentas y sus gastos y deducciones asociadas, pasaremos a la justificación de las variaciones patrimoniales.
Aquí deberás indicar si existen importes que justifiquen tales variaciones en alguno de los siguientes conceptos:

Del mismo modo, tendrás que indicar aquellos conceptos que NO justifican erogaciones ni variaciones patrimoniales.

Existe una tarjeta por cada concepto, con un botón "Agregar" en cada una de ellas, el cual deberás presionar para proceder a la carga.

Visualizarás nuevamente el ícono de Nuestra Parte para consultarlo si lo necesitás.

28. Determinación del impuesto:

Hacé clic en "Mi declaración" en la parte superior de la pantalla y luego presioná el botón "INGRESAR" dentro de la tarjeta "Determinación del impuesto".

Aquí se definirá la base imponible y, de acuerdo a la alícuota, el impuesto determinado.

Es el apartado para cargar las deducciones generales y personales, las desgravaciones, los quebrantos y las rentas asociadas a certificados de doble imposición o determinadas operaciones internacionales.

29. Deducciones:

Pueden ser personales (cargas de familia, mínimo no imponible y especiales) o generales y, dentro de éstas, de fuente argentina o extranjera.

Presionando en "DECLARAR" dentro de estas 3 tarjetas, procederás a la carga.

Para algunos conceptos dentro de las deducciones generales de fuente argentina y de las personales, deberás hacer clic en "Agregar" debido a que el sistema solicitará mayor información.

30. Desgravaciones:

Pueden ser de fuente argentina o extrajera y para cargarlas, deberás indicar el importe y el tipo y número de norma.

31. Determinación del saldo:

Hacé clic en "Mi declaración" en la parte superior de la pantalla y luego presioná el botón "INGRESAR" dentro de la tarjeta "Determinación del saldo".

Aquí deberás cargar, entre otras cosas, el importe de los anticipos ingresados, las retenciones y percepciones sufridas, los impuestos análogos abonados en el exterior, los pagos a cuenta y otros saldos a favor.

En este paso se determina el impuesto a pagar.

32. Retenciones y percepciones:

Estarán automáticamente cargadas en la declaración tanto las retenciones como las percepciones que hayan sido efectivamente informadas por los agentes. Podrás editarlas o eliminarlas, presionando sobre los botones al lado de cada operación, e incluso informar nuevas, ingresando en "Agregar". En ese caso, visualizarás una pantalla donde deberás completar con los datos solicitados.

Para efectos de este artículo se muestran pantallas con carga de una retención y una percepción, esta última correspondiente a la rg 4815, realizada por una entidad bancaria al momento de adquirir moneda extranjera.

33. Vista previa y presentación:

Nuevamente presioná sobre "Mi declaración" en la parte superior y luego sobre el botón "VISTA PREVIA" dentro de la tarjeta "Presentar declaración jurada". Verás el resumen de toda la información que cargaste, con el impuesto determinado y el saldo a pagar.


Una vez controlada toda la información, presioná sobre el botón "PRESENTAR".
El sistema emitirá un acuse de presentación.

⚠️ En caso de surgir un saldo a favor de libre disponibilidad por haber abonado entre anticipos, retenciones, percepciones y demás pagos a cuenta un importe mayor al impuesto determinado, podrá solicitarse su devolución mediante el aplicativo "DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS - Versión 4.0". El archivo generado deberá ser presentado a través del servicio con clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos".

Guía paso a paso también disponible en el sitio oficial de AFIP. Presiona aquí para abrirlo.

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